El juez Pedro Roldán Vázquez le había advertido que no debía declarar, sino afirmar si se declaraba culpable y si aceptaba el acuerdo. “Lo único que puedo decir es que no medí las consecuencias. A ella la amo”, dijo Juan Gerardo Paz, el trabajador del servicio 107 que ayer, a través de un juicio abreviado fue condenado a 25 años de prisión por el crimen de Abigail Luna, la pequeña de dos años que fue asesinada a golpes por el hombre.

El hecho se produjo el 18 de octubre pasado. Quedó relegado a un segundo plano porque se registró el mismo día en el que se registró el homicidio de Abigail Riquel, cuya resolución sería inminente. Y no es un caso más; durante la investigación realizada por el fiscal Ignacio López Bustos se confirmó que se trata del tercer femicidio vinculado cometido en lo que va del año en nuestra provincia.

“Todo comenzó con una pelea con ella. Recibí un mensaje de una compañera y discutimos. Salí afuera de la casa y comencé a golpearla. No me di cuenta de lo que estaba haciendo. No quería generarle daño a la mujer que amo”, explicó el acusado antes de que fuera interrumpido por el magistrado.

La investigación

Antes de que se escucharan esas palabras, el fiscal López Bustos relató los detalles de cómo se había producido el crimen. “Paz, después de haber mantenido una discusión con la madre de la niña, en un patio tomó a golpes de puño y a patadas a la pequeña y por último le arrancó pelos a tirones. La causa de la muerte, según el informe de la autopsia fue un traumatismo encefalocraneano”, señaló.

El investigador destacó además cómo se produjo el descubrimiento del crimen. “Él y su pareja, Marcela Luna, llegaron al CAPS de la zona y dijeron que la niña había tenido síntomas de haber contraído coronavirus. Los profesionales no creyeron esa versión y cuando Paz se retiró del lugar, la madre relató que lo que realmente había ocurrido”, explicó.

El fiscal también consideró que durante la investigación logró sumar dos testimonios de la madre y de la hermana de la víctima, que también es una niña. “La pareja del acusado relató que ella sufría violencia de género por parte de él y que sus hijas recibían castigos físicos. Además, él la tenía amenazada para que no contara nada de lo ocurría puertas adentro”, indicó.

RAZÓN. La madre aceptó el acuerdo por su salud mental y la de su hija.

“El relato de la pequeña en Cámara Gesell -agregó López Bustos- es coincidente con los dichos de la madre. No sólo confirmó la situación de violencia, sino que además dijo que el mismo domingo 18, pero por la mañana, Paz también la había castigado físicamente”, indicó.

El acuerdo

A los pocos días que se le dictara la prisión preventiva, el defensor del acusado, Enrique Andrada Barone, le pidió al fiscal que se resolviera el caso a través de un juicio abreviado. Para ello, propuso que Paz, después de declararse culpable, reciba una pena de 25 años, lo máximo que establece el Código Penal para el delito de homicidio simple. A cambio, solicitó que le cambie la imputación provisoria que había recibido y que era de homicidio agravado por ensañamiento y alevosía, por el que se aplica una condena de 35 años (reclusión perpetua).

López Bustos estudió el planteo y se lo comunicó a la querella para conocer su opinión. La madre de Abigail aceptó el ofrecimiento porque entendían que no estaba asegurado que el acusado recibiera la máxima pena, teniendo en cuenta que no tenía antecedentes penales. Por ese motivo, solicitaron la audiencia.

En el debate que se realizó ayer al mediodía todas las partes expresaron su parecer sobre la resolución del caso.

Betina Laguna Mendoza, abogada de la Fundación María de los Ángeles, que asistió legalmente a la madre de la víctima, reconoció que en un principio no estaban de acuerdo, pero después de dos reuniones que mantuvo Luna con López Bustos, terminó aceptando. “En primer lugar, no había ninguna certeza de que a Paz se lo condene con una perpetua. Y, en segundo lugar, la rapidez con la que se resolvió el conflicto penal”, indicó la profesional.

“En la Fundación, que trabajamos con víctimas, sabemos lo que significa el cierre de un proceso penal: es para ellas dar una vuelta de página lo más rápido posible para rehacer su vida. En este caso, la mamá de Abigail entendió que cerrar esta etapa le haría bien a su salud mental y a la de su hija”, agregó la representante de la querella.

Laguna Mendoza añadió: “Llegar a un juicio oral hubiera significado otro proceso que no sería positivo para nadie, especialmente para ella, pero porque la estrategia defensiva podría haber sido agraviante y buscando endilgarle alguna responsabilidad. No hay que olvidarse de que parte de la sociedad la condenó injustamente sin saber lo que realmente pasaba”.

El juez Roldán Vázquez, antes de aceptar el acuerdo del juicio abreviado, ponderó la rapidez con la que se resolvió el caso. “Con el viejo Código estaba contemplada esta figura, pero se tardaba mucho tiempo”, explicó. También le dijo a Paz que debería haber medido las consecuencias porque no podía haber desconocido el daño que podría haber provocado. Además de convalidar la condena de 25 años, le ordenó someterse a un tratamiento psicológico.


Para entender el caso

1- El juicio abreviado es una manera de resolver lo casos de manera más veloz. El acusado acepta su culpabilidad y recibe una pena menor.

2- Juan Gerardo Paz fue condenado con la máxima pena que se contempla por el homicidio simple, que es de 25 años.

3- Se lo había acusado de homicidio agravado por alevosía y  ensañamiento, y podría haber sido condenado a 35 años.

4- La posibilidad de que reciba reclusión perpetua no estaba garantizada, ya que aún le quedaba afrontar un juicio oral.

5- La madre de la víctima aceptó el acuerdo para poder cerrar esta etapa y pensando en su salud mental y en la de su otra hija.

6- Paz deberá, si mantiene buena conducta, esperar más de 15 años encerrado antes de aspirar a sumar algún beneficio.